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Impositiva año 2016 Artículo 13 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Impositiva año 2016 La Pampa
Artículo 13. ACTOS Y CONTRATOS EN GENERAL

Por los actos, contratos y operaciones que a continuación se enumeran se deberá pagar el impuesto que en cada caso se establece:

1) Acciones y derechos. Cesiones.

Por las cesiones de acciones y derechos, el diez por mil ..................... 10 o/oo 2) Actos y contratos en general.

a) No gravados expresamente:

1. Si su monto es determinado o determinable, el diez por mil... ....... 10 o/oo 2. Si su monto no es determinado o determinable, pesos un mil quinientos veinticinco .................................................................. $ 1.525.- En aquellos casos en que con posterioridad el monto pueda determinarse, deberá integrarse la diferencia que surja por aplicación del punto 1) precedente. El importe fijo oportunamente ingresado tendrá el carácter de definitivo y en ningún caso generará saldo a favor del contribuyente.- b) Gravados expresamente:

Cuando su monto no es determinado o determinable, con excepción de los referentes a constitución de sociedades o detallado en el siguiente párrafo, pesos un mil quinientos veinticinco ................................................................................ .. $ 1.525.- En los contratos de cesión de inmuebles para explotación agrícola o ganadera (de aparcería o sociedad o tamberosmedieros) con la obligación por parte del agricultor o ganadero, de entregar al propietario o arrendatario del bien cedido, un porcentaje de la cosecha o de los procreos, cuando su monto no es determinado por el contribuyente o determinable, el impuesto se liquidará sobre una renta anual equivalente al avalúo especial, por unidad de hectárea, sobre el total de hectáreas afectadas a la explotación, multiplicando el valor resultante por el número de años de vigencia del contrato.

3) Arrendamiento rural, aparcería, tambero-mediero y medianería.

Por los contratos de arrendamiento rural realizados en el marco de la Ley Nacional Nº 13.246 y sus modificatorias, de aparcería, tambero mediero, pastaje, pastoreo y demás relacionados con la producción agropecuaria, el cinco por mil .......................................... 5 o/oo 4) Automotores, acoplados, motovehículos y maquinarias agrícolas.

Por la compra-venta y transferencia de automotores, acoplados, motovehículos y maquinarias agrícolas, el diez por mil ....................... 10 o/oo Cuando la operación se realice mediante subasta judicial será de aplicación lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 246 del Código Fiscal (t.o. 2015).

Según la unidad de que se trate el impuesto mínimo será:

a) Automóviles modelo-año 1996 y anteriores exclusivamente, pesos doscientos diez .................................................................... $ 210.- b) Motovehículos, pesos ciento diez ................................................ $ 110.- c) Resto del parque automotor y maquinarias agrícolas, pesos trescientos cuarenta ..................................................................... $ 340.- 5) Boletos de Compra-Venta.

Por los boletos de compra-venta de bienes muebles o de establecimientos industriales o comerciales, el diez por mil ............... 10 o/oo 6) Concesiones.

Por las concesiones en general, el diez por mil ................................. 10 o/oo Por las concesiones y sus prórrogas otorgadas por cualquier autoridad provincial o municipal, a cargo de concesionarios, el diez por mil ...... .... ..... ..................................................................... 10 o/oo 7) Consignaciones.

Por los contratos que se instrumenten privadamente bajo la forma de consignaciones, para la comercialización de cereales, oleaginosas, miel y frutos del país, el cuatro por mil ......................... 4 o/oo 8) Contradocumentos.

Por los contradocumentos, pesos ciento diez ................................... $ 110.- 9) Contratos de capitalización de hacienda y feed-lot.

Por los contratos de capitalización de hacienda y feed-lot, sobre el valor de los aportes, el cinco por mil ............................................... 5 o/oo 10) Contratos, rescisión.

Por la rescisión de cualquier contrato, instrumentado privada o públicamente, pesos ciento diez ...................................................... $ 110.- 11) Debentures.

Por los contratos de emisión de debentures sin garantía o con garantía flotante, el diez por mil ...................................................... 10 o/oo 12) Energía.

Por los contratos de suministro de energía y en general por todos los que se caracterizan por ser de ejecución sucesiva, el diez por mil ........ 10 o/oo 13) Fideicomiso.

Por la constitución de fideicomisos, sobre la retribución pactada a favor del fiduciario multiplicada por el tiempo total estipulado, el diez por mil .... ............................................................................. 10 o/oo 14) Inhibición voluntaria.

Por las inhibiciones voluntarias, el cuatro por mil ................................ 4 o/oo 15) Inventarios.

Por los inventarios, sea cual fuere su naturaleza o forma de instrumentación, excepto cuando se realizan dentro de un proceso judicial, pesos ciento diez................................................................ $ 110.- 16) Leasing.

Por la celebración de contrato de leasing se tributará en la forma siguiente:

a) 1º Etapa:

I) sobre el canon pactado multiplicado por la totalidad del plazo estipulado, cuando recaiga sobre bienes muebles e inmuebles urbanos y suburbanos, el diez por mil ......................... 10 o/oo II) sobre el canon pactado multiplicado por la totalidad del plazo estipulado, cuando recaiga sobre inmuebles rurales y subrurales, el cinco por mil ........................................................ 5 o/oo b) 2º Etapa:

I) sobre el valor de la opción de compra de bienes muebles adicionada a la base imponible de la 1° Etapa, especial o fiscal, el que fuere mayor, el diez por mil ..................................... 10 o/oo II) sobre el valor de la opción de compra de bienes inmuebles adicionada a la base imponible de la 1° Etapa, especial o fiscal, el que fuere mayor, el treinta y tres por mil ...................... 33 o/oo Al impuesto resultante se le podrá deducir el gravamen efectivamente abonado en la 1° Etapa, el que tendrá el carácter de definitivo y en ningún caso generará saldo a favor del contribuyente 17) Locación y sublocación.

Por la locación de obras y servicios y locación y sublocación de muebles o inmuebles y por sus cesiones o transferencias, el diez por mil ................................................................................ ...... 10 o/oo 18) Mandatos.

Por cada otorgante en los mandatos generales o especiales:

a) Cuando se formalicen por instrumentos públicos o para actuar en juicio de concurso, convocatoria de acreedores o quiebra, pesos doscientos ........................................................................ $ 200.- b) Cuando se instrumenten privadamente, en forma de carta-poder o autorización, pesos doscientos .................................................. $ 200.- c) Por la revocatoria o sustitución de mandato, pesos doscientos ..... $ 200.- d) Por los actos que se instrumenten privadamente bajo la forma de mandato, para la comercialización de cereales, oleaginosas, miel y frutos del país, sobre el valor de la operación, el cuatro por mil .... ..... ............................................................................ 4 o/oo 19) Mercaderías y bienes muebles.

a) Por la compra-venta o dación en pago de mercaderías o bienes muebles en general, excepto comercialización primaria de productos agropecuarios, el diez por mil ........................................ 10 o/oo b) Por la comercialización de productos agropecuarios (excepto productos o subproductos de la ganadería), el diez por mil ............... 10 o/oo c) Por las operaciones de compra-venta, permuta o contrato de canje, al contado o a plazo, de cereales, oleaginosas, granos en general y productos o subproductos de la agricultura siempre que sean registradas en Bolsas, Mercados, Cámaras o Asociaciones con Personería Jurídica, de acuerdo con las disposiciones estatutarias y reglamentarias de aquellas, designadas oportunamente como Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos por la Dirección General de Rentas de la Provincia, y concertadas bajo las siguientes condiciones:

I) Que sean formalizadas por las partes o por comisionistas intermediarios en los formularios oficiales.

II) Que se inscriban en los libros que al efecto llevarán las Bolsas, Mercados, Cámaras o Asociaciones para el registro de las operaciones.

III) Que la registración se efectúe dentro de los plazos que fije la Dirección General de Rentas.

1) Operaciones Primarias, el cuatro por mil ............................... 4 o/oo 2) Operaciones Secundarias, el cuatro por mil ........................... 4 o/oo 20) Novaciones.

Por las novaciones, el diez por mil ............................................ 10 o/oo 21) Obligaciones.

a) Por las obligaciones de pagar sumas de dinero, el diez por mil . 10 o/oo b) Por las pólizas o contratos de créditos concedidos por los comerciantes para la compra de mercaderías, cuyo pago debe efectuarse mediante amortizaciones mensuales y por los descuentos firmados por terceros, el cero veinte por mil................ 0,20 o/oo 22) Opciones.

Por las opciones que se conceden para la adquisición o venta de bienes o derechos de cualquier naturaleza o para la realización ulterior de cualquier contrato, sin perjuicio del impuesto quecorresponda al instrumento en que se formalice el acto a que se refiere la opción, pesos cincuenta y cinco ................................... $ 55.- 23) Ordenes de compra, de provisión y de pago.

a) Por las órdenes de compra y de provisión, el diez por mil............ 10 o/oo b) Por las órdenes de pago, cuando no se acredite el ingreso del impuesto por el instrumento que les da origen, el diez por mil .......... 10 o/oo El mínimo en las contrataciones del estado a que refiere el artículo 280, inciso 24) del Código Fiscal (t.o. 2015), será equivalente al monto máximo autorizado a los Ministros, o niveles equivalentes para la aprobación, autorización o adjudicación de compras directas en razón de su monto (nivel A3), y también será de aplicación para los pagos que se realicen en el marco del artículo 63 del Decreto Nº 1.913/03.

Para los subincisos a) y b) del presente, vencido el plazo a que se refiere el artículo 72 del Código Fiscal (t.o. 2015), no será de aplicación el artículo 45 del referido Código.

24) Permutas.

Por los contratos de permutas que no versen sobre inmuebles, el diez por mil .... ........................................................................... 10 o/oo 25) Protestos.

Por los protestos de falta de aceptación o pago, pesos ochenta ......... $ 80.- 26) Protocolización.

Por las protocolizaciones de actos onerosos, pesos ochenta ............... $ 80.- 27) Reconocimientos de deuda.

Por los reconocimientos de deuda, el diez por mil .............................. 10 o/oo 28) Refinanciaciones.

Por las refinanciaciones, el diez por mil ............................................ 10 o/oo 29) Renta Vitalicia.

Por la constitución de Renta Vitalicia, el diez por mil .......................... 10 o/oo 30) Sepulcros.

Por la adquisición, modificación o transferencia de derechos sobre sepulcros y terrenos en los cementerios, el diez por mil ...................... 10 o/oo 31) Sociedades.

a) Por la constitución de sociedades o ampliación del capital o prórroga, el diez por mil ................................................................. 10 o/oo b) Por la cesión de partes de interés, acciones, cuotas de capital o particiones sociales, el diez por mil .................................................. 10 o/oo c) Por las sociedades constituidas en el extranjero que establezcan sucursales en la Provincia, sobre el monto de capital que se asigne en nuestra jurisdicción, el diez por mil ................................. 10 o/oo d) Por los contratos de sociedades cuando en ellos no se fijen montos de capital social y no sea posible efectuar estimación, pesos un mil quinientos sesenta .................................................... $ 1.560.- e) Por la disolución o liquidación de sociedades, el diez por mil ........... 10 o/oo 32) Transacciones.

Por las transacciones instrumentadas pública o privadamente o realizadas en actuaciones administrativas, el diez por mil.................... 10 o/oo 33) Transferencia de Negocio.

Por las transferencias de negocios, el diez por mil ............................. 10 o/oo 34) Usufructo y uso de bienes, excepto inmuebles.

Por la constitución de los derechos reales de usufructo y uso de bienes, excepto de inmuebles, el diez por mil ................................... 10 o/oo



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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