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Implementación del Programa de Formación Integral para Jóvenes Artículo 14 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Implementación del Programa de Formación Integral para Jóvenes Córdoba
Artículo 14. Monto de la asignación estímulo

Los beneficiarios tienen derecho a una asignación estímulo de carácter económico y no remunerativo por un monto que no puede ser inferior a un diez por ciento (10%) del valor pecuniario fijado para el Índice Uno en la Ley Anual de Presupuesto vigente, durante la primera etapa, y a un veinticinco por ciento (25%) del mismo índice durante la segunda etapa, condicionada en todos los casos al cumplimiento efectivo de las actividades previstas para cada una de ellas. Los beneficiarios que a su vez participen del Programa Progresar", durante la primera etapa no percibirán la asignación estímulo prevista en este artículo atento el carácter complementario que el mismo reviste con el presente Programa, teniendo derecho en la segunda etapa al cobro de un monto equivalente a la diferencia existente entre el beneficio otorgado por el Gobierno Nacional y la base mínima establecida en el primer párrafo del presente artículo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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