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Fortalecimiento y jerarquización de la atención primaria de la salud Artículo 7 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Fortalecimiento y jerarquización de la atención primaria de la salud Santa Cruz
Artículo 7.

Para ejercer la función de Agente Sanitario se requiere:

a) ser mayor de dieciocho (18) años de edad;

b) acreditar como mínimo educación secundaria completa, quienes se desempeñen como agentes sanitarios a la fecha de promulgación de la presente ley debe-rán cumplir este requisito dentro de los tres (3) años de su entrada en vigencia;

c) acreditar buen estado de salud psicofísico;

d) poseer habilitación certificada por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia de Santa Cruz;

e) poseer las actualizaciones de capacitación que la Autoridad de Aplicación determine;

f) pertenecer a la comunidad donde prestará servicios, con una residencia no menos a cinco (5) años en la misma, salvo que se hubiese desempeñado como tal por dicho período en otra comunidad y acreditare tal circunstancia, siendo dicha excepción debidamente justificada por la Autoridad de Aplicación, debiendo como fundamento principal el favorecimiento de la población requirente de sus servicios



Provincia de Santa Cruz Artículo 7 Fortalecimiento y jerarquización de la atención primaria de la salud
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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