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Fortalecimiento y jerarquización de la atención primaria de la salud Artículo 13 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Fortalecimiento y jerarquización de la atención primaria de la salud Santa Cruz
Artículo 13.

El rol del programa es formar recursos humanos impartiendo conocimientos teórico-prácticos, brindando formación e información sobre prevención de las enfermedades prevalentes, adquisición de habilidades y destrezas en la aplicación de procedimientos básicos de atención de la salud con la siguiente finalidad:

a) elevar hasta niveles óptimos la eficacia y eficiencia de la estrategia de la Atención Primaria de la Salud;

b) potenciar los procesos de comunicación y el acceso a la información por parte de la comunidad en materia de prevención y promoción;

c) brindar herramientas a los trabajadores de la salud para recolectar, procesar, analizar e interpretar la información logrando mayor comprensión de los problemas de la salud de la comunidad;

d) facilitar y fomentar la participación comunitaria;

e) contribuir a mejorar la accesibilidad al sistema de salud;

f) brindar capacitación y proveer habilidades y destrezas a trabajadores de la salud y a individuos en condiciones de vulnerabilidad logrando su inclusión en la educación formal;

g) fortalecer las capacidades sanitarias del sistema de salud provincial mediante la formación continua del recurso humano propio.-



Provincia de Santa Cruz Artículo 13 Fortalecimiento y jerarquización de la atención primaria de la salud
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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