Fomendo del Montañismo y Protección de Sendas de Uso Historico y Caminos de las sierras Artículo 2 Provincia de San Luis
Fomendo del Montañismo y Protección de Sendas de Uso Historico y Caminos de las sierras San Luis
Artículo 2.
Se reconoce a los "Montañistas" como deportistas, la libertad de los mismos a decidir llevar adelante su práctica en forma autónoma o asociada y que su actividad se rige por los siguientes principios:
a) Respetar la naturaleza y el cuidado de la misma;
b) Respetar la idiosincrasia de los habitantes, sus creencias y cultura;
c) Respetar las reliquias fósiles y arqueológicas;
d) Respetar la vida propia y de los demás con compromiso de colaboración en la mayor medida de lo posible.-
Provincia de San Luis Artículo 2 Fomendo del Montañismo y Protección de Sendas de Uso Historico y Caminos de las sierras
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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