Imprimir

Fija el valor para determinar las remuneraciones del personal docente Artículo 3 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Fija el valor para determinar las remuneraciones del personal docente Chaco
Artículo 3.

Establécese como haber neto mínimo mensual a percibir por los agentes comprendidos en la ley 3529, texto ordenado por ley 5125, la suma de pesos siete mil ochocientos ($ 7.800.00) a partir del 1 de febrero de 2016 y de pesos ocho mil quinientos ($ 8.500,00) desde el 1 de julio de 2016.

Entiéndese como haber neto mínimo mensual a la diferencia entre la suma de los haberes brutos remunerativos y no remunerativos -incluyendo el Fondo Nacional de Incentivo Docente- y los descuentos obligatorios por aportes personales a los Regímenes de seguridad social, obra social y similares en los que coticen.

La garantía de haber mínimo establecida en el primer párrafo se determinará por agente, con independencia del número de cargos en los que revista. Aquellos agentes cuya carga horaria mensual sea inferior a la equivalente a un cargo percibirán el mínimo garantizado en proporción a dicha carga horaria.



Provincia del Chaco Artículo 3 Fija el valor índice uno (1) para determinar las remuneraciones del personal docente comprendido en Ley 3.529-Estatuto del docente (T.O. Ley 5.125)
Artículo 1 2 3 4 5 ...7

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse