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Extensión a la licencia ordinaria por la maternidad el subsidio denominado Cuarto Mes de Licencia po Artículo 4 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Extensión a la licencia ordinaria por la maternidad el subsidio denominado Cuarto Mes de Licencia por Maternidad Córdoba
Artículo 4. Acceso al beneficio

La trabajadora puede acceder al subsidio "Cuarto Mes de Licencia por Maternidad" debiendo solicitar licencia sin goce de haberes por un período de treinta días corridos inmediatos posteriores al vencimiento de la licencia por maternidad que le acuerda la Ley de Contrato de Trabajo o la prevista en el convenio colectivo de trabajo o en el estatuto especial que rija la relación. También puede acceder al subsidio cuando hiciere uso de las opciones que le otorgan los incisos b) o c) del artículo 183 de la Ley Nacional Nº 20744 o las que en su caso prevean el convenio colectivo de trabajo o el estatuto especial que rija su relación laboral.

 



Provincia de Córdoba Artículo 4 Extensión a la licencia ordinaria por la maternidad el subsidio denominado Cuarto Mes de Licencia por Maternidad
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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