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Expropiación, declaración de utilidad pública Artículo 1 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Expropiación, declaración de utilidad pública Entre Ríos
Artículo 1.

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble, propiedad del Tiro Federal Argentino de Santa Elena, ubicado en el Departamento La Paz, Distrito Feliciano, ciudad de Santa Elena, Manzana 224 - Lote 2, que consta de una superficie de cinco mil novecientos doce metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (5.912,75 m2) y que forma parte de un inmueble de mayor extensión el que se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble La Paz bajo Tomo 031, Folio 424 de fecha 4 de septiembre de 1948, Plano N° 22.771, Partida Provincial N° 08- 115819-7, Partida Municipal 2083, cuyos límites y linderos son:

Al Noreste: Recta 6-2 al rumbo S 70° 14' E de 96,89 m., lindando con calle Santa Fe;

Al Sureste: Recta 2-3 al rumbo S 37° 44' O. de 80 m., lindando con calle 9 de Julio;

Al Suroeste: Recta 3-4 al rumbo N 52°16' O de 50 m., y recta 4-7 al rumbo N 76°14' O de 32,13 m., lindando las dos con Boulevard Mitre;

Al Noroeste: Recta 7-6 al rumbo N 26°50' E. de 61,13 m., lindando con Lote 1.



Provincia de Entre Ríos Artículo 1 Expropiación, declaración de utilidad pública
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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