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Estatuto para el personal del Tribunal de Cuentas Artículo 7 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Estatuto para el personal del Tribunal de Cuentas Santa Fe
Artículo 7.

El personal contratado se rige por un contrato escrito que, además de otras cláusulas, debe contener de manera precisa el servicio u obra a realizar, en forma personal y directa. Su retribución no está sujeta al mero transcurso del tiempo sino al cumplimiento de las etapas que se establezcan.

Esta modalidad sólo puede ser utilizada para la realización de trabajos que por su naturaleza no puedan ser efectuados por el personal permanente o por carecer el Tribunal de Cuentas del número necesario de agentes.

Provincia de Santa Fe Artículo 7 Estatuto para el personal del Tribunal de Cuentas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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