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Estatuto escalafonario para agentes de la planta permanente de obras sanitarias de la Provincia de B Artículo 139 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Estatuto escalafonario para agentes de la planta permanente de obras sanitarias de la Provincia Buenos Aires
Artículo 139.

Toda modificación a la estructura orgánico - funcional será elaborada por la Administración general de conformidad con las facultades que le confiere la ley de autarquía de O.S.B.A. Toda reformulación de los planteles básicos del organismo se realizará de conformidad con las disposiciones contenidas en el art. 14, del presente régimen.

Las modificaciones de estructura, planteles y el consiguiente encasillamiento, se realizarán en un plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la vigencia del presente estatuto escalafón, tomando intervención en las tareas la Junta Mixta Permanente, facultándose al Poder Ejecutivo a ampliar éste plazo hasta noventa (90) días de acuerdo con las necesidades de las tareas a realizar.

Hasta la realización del mismo, los agentes seguirán percibiendo sus haberes por el régimen actual.

Se reencasillará a cada agente en la función y clase respectiva que le corresponda. En caso de desempeño habitual en más de una función, será encuadrado en aquélla de mayor importancia.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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