Imprimir

Estacionamiento general de vehículos Artículo 1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Estacionamiento general de vehículos Ciudad de Buenos Aires
Artículo 1.

Prohíbese el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera derecha, todos los días durante las 24 horas, en los siguientes tramos de arterias:

a) Piedras, entre Ruy Díaz de Guzmán y Av. Martín García.

b) Olga Cossettini, entre la calle Regina Pacini de Alvear y la calle Mariquita Sánchez de Thompson.

c) Treinta y Tres Orientales, entre Av. Rivadavia y Av. Hipólito Yrigoyen.

d) Moldes, entre Virrey Olaguer y Feliú y Palpa.

e) Mariquita Sánchez de Thompson, entre Av. Eduardo Madero y Av. Alicia Moreau de Justo y entre Av. Juana Manso y Av. de los Italianos.

f) Regina Pacini de Alvear, entre Av. Alicia Moreau de Justo y Av. Eduardo Madero.

g) Emma de la Barra, entre la Av. de los Italianos y Av. Juana Manso.

h) Victoria Ocampo, entre Av. Eduardo Madero y Av. Alicia Moreau de Justo.

i) Trinidad Guevara, entre Av. Eduardo Madero y Av. Alicia Moreau de Justo.

j) Petrona Eyle, entre Av. Ingeniero Huergo y Av. Alicia Moreau de Justo.

k) Encarnación Ezcurra, entre Av. Alicia Moreau de Justo y Av. Ingeniero Huergo.

l) Retome de Boulevard Macacha Güemes, existente entre Av. de los Italianos y Av. Juana Manso.

m) Retome de Boulevard Azucena Villaflor, existente entre Aimé Painé y Av. de los Italianos.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 1 Estacionamiento general de vehículos
Artículo 1 2 3 ...22

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse