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Establecimiento del Ejercicio Profesional del Trabajo Social Artículo 25 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Establecimiento del Ejercicio Profesional del Trabajo Social Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 25.

Las Asambleas son Ordinarias y extraordinarias. Las Ordinarias se establecen en las fechas y formas que determine el Reglamento y se delibera como máximo cada sesenta (60) días en cualquier lugar de la Provincia, las extraordinarias cuando lo disponga el Consejo Directivo o a petición del diez por ciento (10%) de los/as profesionales inscriptos/as en la matrícula. Las citaciones a la Asamblea se efectuarán por medio fehaciente y con una anticipación mínima de diez (10) días corridos indicando el Orden del Día.

Para que se constituya válidamente la Asamblea se requiere la presencia de mas de la mitad de los miembros y es presidida por el Presidente del Consejo Directivo, su remplazo legal y subsidiariamente por quien determine la Asamblea. Pasado los treinta (30) minutos de la fijada para su convocatoria, se puede constituir válidamente la Asamblea con los/as presentes, para dar tratamiento únicamente a los temas incorporados al Orden del Día, y las resoluciones se toman por simple mayoría, salvo disposición contraria.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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