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Establecen disposiciones en el Ejercicio de la Profesión del Instrumentador/a quirúrgico Artículo 11 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Establecen disposiciones en el Ejercicio de la Profesión del Instrumentador quirúrgico Buenos Aires
Artículo 11.

Los/as profesionales de la Instrumentación Quirúrgica y/o los Licenciados en Instrumentación Quirúrgica y Licenciados en Organización y Asistencia de Quirófanos tienen garantizados los siguientes derechos:

a) Ejercer su profesión o actividad de conformidad con lo establecido por la presente Ley y su reglamentación.

b) Negarse a realizar o colaborar en la ejecución de prácticas que entren en conflicto con sus convicciones religiosas, morales o éticas, en las condiciones que determine la reglamentación y siempre que de ello no resulte un daño inmediato o mediato en el paciente sometido a esa práctica. Siempre que ello no resulte un impedimento para resolver un caso de urgencia o emergencia.

c) Contar, cuando ejerza su profesión bajo relación de dependencia laboral o bajo el régimen jurídico de la Administración Pública, con adecuadas garantías que aseguren y faciliten el cabal cumplimiento de la obligación de actualización permanente.

d) Contar con recursos y plantas físicas que reúnan las condiciones y medio ambiente de trabajo de acuerdo a las leyes, reglamentaciones y otras normas vigentes en la materia y con el equipamiento y material de bioseguridad que promuevan la salud y la prevención de enfermedades laborales.

e) Recibir información veraz, completa y oportuna en lo que respecta al paciente.

f) Estar amparado/a por el cumplimiento de la Ley de insalubridad. Dado el carácter de profesión riesgosa, debido a la alta exposición a diferentes riesgos que puedan dañar o incapacitar al profesional, en forma constante a través del tiempo.



Provincia de Buenos Aires Artículo 11 Establecen disposiciones en el Ejercicio de la Profesión del Instrumentador/a quirúrgico/a en la Provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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