Escribanía de gobierno. Régimen y finalidad. Competencia. Funciones. Atribuciones Artículo 4 Provincia de Jujuy
Escribanía de gobierno. Régimen y finalidad. Competencia. Funciones. Atribuciones Jujuy
Artículo 4. CONDICIONES
Para ser nombrado Escribano de Gobierno se requiere reunir los siguientes requisitos:
1. Ser ciudadano/a argentino/a con diez (10) años de residencia en la Provincia. En los casos de ciudadanos argentinos por opción o naturalizados, tener 10 (diez) años de ejercicio de la ciudadanía y diez (10) años de residencia en la Provincia.
2. Ser Escribano Adscripto al Registro del Estado con ocho (8) años de ejercicio en el cargo o ser titular de Registro Notarial con ocho (8) años en el ejercicio del mismo y de profesión en la Provincia.
3. Poseer como mínimo treinta y cinco (35) años de edad.
4. No haber sido condenado/a por delitos dolosos, ni cesanteado/a de la Administración Pública Provincial o Nacional por faltas administrativas de carácter graves.
Para ser nombrado Escribano Adscripto al Registro del Estado, se requiere reunir los siguientes requisitos:
1. Ser ciudadano/a argentino/a con cinco (5) años de ejercicio de la ciudadanía y cinco (5) años de residencia en la Provincia.
2. Poseer título universitario habilitante de Escribano o Notario, y dos (2) años de inscripción en la matrícula profesional de la Provincia.
Provincia de Jujuy Artículo 4 Escribanía de gobierno. Régimen y finalidad. Competencia. Funciones. Atribuciones
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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