Escalafón para el personal del Poder Ejecutivo Artículo 3 Provincia del Chaco
Escalafón para el personal del Poder Ejecutivo Chaco
Artículo 3. CATEGORIAS
El personal comprendido en el ámbito de aplicación del presente escalafón se clasifica en Categorías de acuerdo a las siguientes normas:
a) Categoría personal administrativo y técnico:
Agentes del Estado Provincial, cualesquiera fueren las jerarquías y funciones que deban desempeñar sean éstas de dirección, ejecución, fiscalización, asesoramiento, técnicas reservadas a profesionales con títulos universitarios, técnicas auxiliares, especializadas o administrativas, salvo aquéllos que estén previstos en otras categorías específicas;
b) Categoría Personal Obrero y de Maestranza:
Agentes destinados al cumplimiento de tareas de saneamiento, producción, construcción, reparación, conducción y/o mantenimiento en condiciones de funcionamiento de automotores, embarcaciones, herramientas, instalaciones, maquinarias, edificios, muebles y útiles y toda clase de bienes en general;
c) Categoría Personal de Servicio:
Agentes que cumplen tareas vinculadas con la atención personal a otros agentes o al público, conducción de vehículos livianos, vigilancia y limpieza.
Provincia del Chaco Artículo 3 Escalafón para el personal del Poder Ejecutivo a partir del 01-06-73
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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