El Estado Provincial interviene en los procesos de recuperacion de Empresas Artículo 16 Provincia de Mendoza
El Estado Provincial interviene en los procesos de recuperacion de Empresas Mendoza
Artículo 16.
Cada vez que se disponga una ocupación temporaria en los términos de la presente ley, se suspenderá por el término de trescientos sesenta (360) días hábiles judiciales, toda ejecución y/o concurso especial en que el objeto del proceso resulte un establecimiento o unidad de producción cuya gestión se encuentre en manos de sus trabajadores asociados bajo la forma de cooperativa de trabajo inscripta o en formación, mediando ocupación temporaria por causa de utilidad pública y social o cuyo trámite legislativo de ocupación temporaria se hubiese iniciado a la fecha de promulgación de la presente ley. Exceptúase de lo dispuesto en el párrafo anterior los reclamos judiciales de créditos de naturaleza alimentaria y los derivados de la responsabilidad por comisión de delitos penales.
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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