Ejercicio profesional de la obstétricia Artículo 64 Provincia de Buenos Aires
Ejercicio profesional de la obstétricia Buenos Aires
Artículo 64.
La obstétrica cuya matrícula haya sido cancelada o suspendida, podrá solicitar su rehabilitación en tanto acredite fehacientemente ante el Colegio de Distrito la insubsistencia de las causas que motivaron la medida.
Provincia de Buenos Aires Artículo 64 Ejercicio profesional de la obstétricia
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Institución del 21 de mayo de cada año como Día Provincial del Donante Voluntario de Plasma Chaco Artículo 4. Adhesión a la Ley Nacional 27.671 Salta Artículo 1. Registro nacional de las personas Nacional Artículo 65. Ejercicio de la actividad de los profesionales Licenciados en Obstetricia u Obstetras, y Obstétricos Universitarios Jujuy Artículo 39. ACEFALIA TOTAL DEL CONSEJO DIRECTIVO Régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes Salta Artículo 22. División del debatePublique la información de sí mismo
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