Educación Ambiental. Principios Generales. Responsabilidades. Autoridad de Aplicación. Financiamiento (Educación Ambiental. Principios Generales. Responsabilidades. Autoridad de Aplicación. Financiamient) Provincia de Corrientes
Educación Ambiental. Principios Generales. Responsabilidades. Autoridad de Aplicación. Financiamiento Provincia de Corrientes
- CAPÍTULO 1. PRINCIPIOS GENERALES
- Artículo 1. Se entiende por Educación Ambiental a los procesos integradores mediante los...
- Artículo 2. TODOSlos habitantes tienen derecho a la educación ambiental, al acceso a la...
- Artículo 3. LA Educación Ambiental constituye un proceso continuo y permanente y se...
- Artículo 4. LA Educación Ambiental, siendo respetuosa y promotora de la diversidad,...
- Artículo 5. LA Educación Ambiental se implementará como dimensión especifica del sistema...
- CAPITULO 2. RESPONSABILIDADES
- Artículo 6. EN virtud de lo establecido por el Artículo 41 de la constitución Nacional y...
- CAPITULO 3. AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 7. SERA Autoridad de Aplicación de la presente ley un organismo colegiado, que...
- Artículo 8. LA Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes atribuciones: 1....
- CAPITULO 4. LA EDUCACIÓN AMBIENTAL FORMAL
- Artículo 9. SE entiende por Educación Ambiental Formal a la educación escolar...
- Artículo 10. LA Autoridad de Aplicación tendrá como funciones dentro de la Educación...
- Artículo 11. LA aplicación del Programa de Educación Ambiental Formal en todos los...
- Artículo 12. LOS lineamientos adoptados por la Autoridad de Aplicación estarán orientados...
- CAPITULO 5. LA EDUCACIÓN AMBIENTAL NO FORMAL E INFORMAL
- Artículo 13. SE entiende por Educación Ambiental No Formal e Informal a las acciones y...
- Artículo 14. LA Autoridad de Aplicación impulsará los contenidos de Educación Ambiental...
- Artículo 15. SE considerará como actores para la Educación Ambiental en el Sistema de...
- Artículo 16. LOS organismos institucionales, a través de la Autoridad de Aplicación,...
- Artículo 17. EL Estado Provincial, a través de la Autoridad de Aplicación deberá...
- Artículo 18. EL Estado Provincial, a través de la Autoridad de Aplicación, creará las...
- Artículo 19. EL Estado Provincial, a través de la Autoridad de Aplicación, promoverá un...
- Artículo 20. EL Estado Provincial, a través de la Autoridad de Aplicación, impulsará la...
- CAPITULO 6. LA EDUCACIÓN AMBIENTAL Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
- Artículo 21. LOS medios de comunicación masiva constituyen un actor fundamental para la...
- Artículo 22. EL Poder Público, en sus niveles provincial y municipal, incentivará la...
- Artículo 23. EL Estado Provincial impulsará la participación de los medios de...
- CAPITULO 7. FINANCIAMIENTO
- Artículo 24. EL Estado Provincial preverá presupuestariamente las partidas necesarias...
- Artículo 25. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaran Ciudadano Ilustre de la Provincia de Corrientes al Señor Mario Raúl Barboza Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.592 Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 27264 Se instituye la distinción Ciudadana Ilustre de la Provincia de Corrientes, a la Señora Elena Bonatti Rocca Crea el Municipio de MalvinasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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