Imprimir

Donación de inmuebles del Municipio de Posadas al Ministerio Público de la Nación Artículo 1 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Donación de inmuebles del Municipio de Posadas al Ministerio Público de la Nación Misiones
Artículo 1.

Donánse a favor del Ministerio Público de la Nación, los inmuebles propiedad de la Provincia de Misiones, determinados como: Lote A2 y Lote A3, ambos procedentes de la mensura particular con unificación y fraccionamiento del Lote C proveniente de la unificación y fraccionamiento del Lote B y Fracción, Subdivisión Fracción, del Lote M, del Lote A, de la Fracción, y de la Mitad Sud-Fracción; Manzana Seis (6), Chacra Cuarenta y Cuatro (44), Ciudad y Municipio de Posadas, Departamento Capital, Provincia de Misiones; con una superficie total de doscientos veinticinco metros cuadrados (225m2) cada uno; según Plano de Mensura Nro. 50347; Nomenclaturas Catastrales: Departamento 04, Municipio 59, Sección 07, Chacra 44, Manzana 06, Parcelas 13 y 14, Partidas Inmobiliarias Nro. 137982 y 137983, todo respectivamente; inscriptos en mayor extensión en el Registro de la Propiedad Inmueble en el Protocolo de Dominio al Tomo 62, Folio 78, Fincas Nro. 3619, 503, 4959, 4960 y al Folio Real - Matrícula Nro. 48031, todos del Departamento Capital (04).



Provincia de Misiones Artículo 1 Donación de inmuebles del Municipio de Posadas al Ministerio Público de la Nación
Artículo 1 2 3 4

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse