Defensores Oficiales de Violencia Familiar y de Género Artículo 10 Provincia de Salta
Defensores Oficiales de Violencia Familiar y de Género Salta
Artículo 10. Del Servicio jurídico
Los servicios jurídicos brindados en el marco del "Programa Asistir" podrán ser prestados por abogados pertenecientes al Ministerio de Justicia designados a tal fin, o bien por profesionales de la matrícula interesados en participar activamente en el Programa, inscriptos en un registro que elaborará el Ministerio. A tal fin, el Ministerio de Justicia suscribirá los convenios pertinentes con el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta y entidades afines. Los requisitos para poder inscribirse en el registro, así como las obligaciones y deberes de los abogados participantes del "Programa Asistir", serán especificados en la reglamentación pertinente.
Provincia de Salta Artículo 10 Defensores Oficiales de Violencia Familiar y de Género: función, atribución y deberes-Modifica ley 7694-Ley del Gobernador, vicegobernador, Ministros y Secretario de Estado
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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