Imprimir

Defensa del consumidor. Procedimiento administrativo Artículo 18 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Defensa del consumidor. Procedimiento administrativo Santa Cruz
Artículo 18. PRUEBAS

Las pruebas se admitirán sólo en caso de existir hechos controvertidos y siempre que no resulten manifiestamente dilatorias o inconducentes. Contra la resolución que deniegue medidas de prueba, podrá interponerse recurso de reconsideración, que tramitará conforme lo previsto por el Decreto Provincial Nº 181, reglamentario de la Ley 1260 de Procedimientos Administrativo.- La prueba deberá producirse dentro del término de diez (10) días hábiles prorrogables por causa justificada. Se tendrán por desistidas las pruebas no producidas dentro de dicho plazo por motivo atribuible al presunto infractor.- La prueba documental deberá presentarse conjuntamente con el escrito de descargo en copia certificada, pudiendo solicitar la Autoridad de Aplicación la exhibición de la documentación original a los fines de la compulsa.- Si procediera la prueba testimonial, sólo se admitirán tres (3) testigos con la individualización de sus nombres, profesión u ocupación y domicilio, debiéndose adjuntar el interrogatorio. - Si se solicitare informe, la producción de la prueba correrá a costa del presunto infractor, bajo apercibimiento de tenerla por desistida. - La prueba pericial será admisible cuando sea necesario contar con el dictamen de un experto para dilucidar hechos controvertidos en cuestiones que sean materia propia de alguna ciencia, arte y/o profesión, a los efectos de contar con un dictamen técnico científico. El presunto infractor deberá proponer a su costa el perito en la especialidad que se trate, y los puntos de la pericia. La Autoridad de Aplicación podrá proponer un segundo perito, quien se expedirá por separado o bien requerir opinión del área técnica competente Municipal, Provincial, Nacional o Instituciones Públicas o Privadas. El plazo de producción lo será dentro del general de la prueba.- Producida la prueba y concluidas las diligencias sumariales, quedará el trámite en estado de resolver.-



Provincia de Santa Cruz Artículo 18 Defensa del consumidor. Procedimiento administrativo. Adhesión de la Provincia a la ley 24240
Artículo 1 ...16 17 18 19 20 ...50

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse