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Declárese de utilidad pública y expropiación de varios inmuebles Artículo 1 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declárese de utilidad pública y expropiación de varios inmuebles Mendoza
Artículo 1.

Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles que a continuación se detallan:

a) Ubicado en San Martín N° 1515 Departamento de Godoy Cruz-Provincia de Mendoza, inscripto en Matrícula N° 109502/5 (A-2)-Folio Real - Mendoza, a nombre de CENCOSUD S.A.; con una superficie según título de 23486,85 m2 y 22745,53 m2 según plano de mensura registrado en Dirección Provincial de Catastro al N° 25443; nomenclatura catastral 05-01-04-0017-000001-00001, Padrón Territorial 55-20581-9; y Padrones de la Municipalidad de Godoy Cruz 212, 66752 y 66753 con el fin de cobro de tasas municipales;

b) Ubicado en Manuel Belgrano N° 1285 Departamento de Godoy Cruz - Provincia de Mendoza, inscripto en Matrícula N° 109503/5(A-2) Folio Real - Mendoza, a nombre de CENCOSUD S.A.; con una superficie según título de 19798,97 m2 y según plano de mensura registrado en Dirección Provincial de Catastro al N° 25444; nomenclatura catastral 05-01-04-0029-000001-00008, Padrón territorial 05-00404-9; Padrón Municipal 705 y;

c) Ubicado en Presidente Alvear N°130 - Departamento de Godoy Cruz - Provincia de Mendoza, inscripto en Matrícula N° 115006/5 Folio Real - Mendoza, a nombre de CENCOSUD S.A.; con una superficie según título de 7610,83 m2 y según plano de mensura registrado en Dirección Provincial de Catastro al N° 25741; nomenclatura catastral 05-01-04-0029-000030-00004, Padrón territorial 05-03714-8; Padrón Municipal 24446.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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