Declaración de zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social (Declaración de zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social) Nacional
Declaración de zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social Nacional
- Artículo 1. Declárase zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y...
- Artículo 2. El Poder Ejecutivo nacional constituirá, en un plazo de treinta (30) días un...
- Artículo 3. El Poder Ejecutivo nacional destinará fondos adicionales a la cobertura de...
- Artículo 4. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional para que adopte medidas de asistencia...
- Artículo 5. El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Administración Federal de...
- Artículo 6. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a reasignar las partidas...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Aprobación de la Convención de Protección de los Niños Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral Lactancia Materna. Promoción y Concientización Pública Procedimiento para la designación de subrogantes por el Consejo de la Magistratura Transferencia a título gratuito a favor de la Universidad Nacional de La Plata el dominio de un Inmueble propiedad del Estado nacionalMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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