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Declaracion de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Departamento de Godoy Cr Artículo 1 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declaracion de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Departamento de Godoy Cruz Mendoza
Artículo 1.

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción necesaria del inmueble ubicado en calle Luzuriaga, tramo entre calle Alpatacal y calle Salvador Civit, del Distrito Ciudad, del Departamento de Godoy Cruz. La propiedad a afectar se encuentra a nombre de: Arquitectura y Diseño Construcciones Civiles Sociedad Anónima, consta de una superficie según mensura de NUEVE MIL SETENTA Y OCHO CON CATORCE METROS CUADRADOS (9078,14 m2), según título de NUEVE MIL CINCUENTA Y NUEVE CON CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (9059,5175 m2), según Plano de Mensura N° 05/32238, inscripto en la Dirección de Registros Públicos, bajo folio real Matrícula N° 89402/05 Asiento A2 de Godoy Cruz, identificado con Nomenclatura Catastral N° 05-01-18-0024-000023-0000-5, Padrón de Rentas N° 19653/05, Padrón Municipal N° 3466



Provincia de Mendoza Artículo 1 Declaracion de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Departamento de Godoy Cruz
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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