Declaración de Emergencia Pública en Materia Ambiental en el ámbito de la cuenca del Morro Artículo 5 Provincia de San Luis
Declaración de Emergencia Pública en Materia Ambiental en el ámbito de la cuenca del Morro San Luis
Artículo 5.
Se establece que los propietarios, poseedores y/o explotadores de predios comprendidos en la Cuenca El Morro y Área de Influencia, tendrán la obligación de forestar o reforestar, en vaguadas, cárcavas, caminos internos, zonas de aguadas, cabeceras de lotes, predios ubicados en zonas periurbanas y sobre inmuebles rurales, hasta cubrir el CINCO POR CIENTO (5 %) del total de la superficie, pudiendo ampliarse, fundadamente, dicho porcentaje, por la Autoridad de Aplicación de la presente Ley. En los casos de violaciones y/o incumplimientos, debidamente comprobados, se extremará la aplicación de la facultad sancionatoria prevista en la Ley Provincial Nº IX-0315-2004 (5461*R) y su Reglamentación.
Provincia de San Luis Artículo 5 Declaración de Emergencia Pública en Materia Ambiental en el ámbito de la cuenca del Morro y su área de influencia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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