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Declara de interés provincial la pormoción permanente de la hemodonación voluntaria y habitual Artículo 3 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declara de interés provincial la pormoción permanente de la hemodonación voluntaria y habitual Salta
Artículo 3.

Serán funciones de la Autoridad de Aplicación para el cumplimiento de la presente Ley:

a) Impulsar la mejora en la calidad de la atención de los donantes tendiente a favorecer su fidelización.

b) Llevar adelante colectas externas de sangre, a los fines de afianzar los vínculos entre los servicios de transfusión y la comunidad.

c) Facilitar la creación de Organizaciones y Asociaciones de Donantes de Sangre y hemocomponentes.

d) Organizar un registro de empresas e instituciones amigas de la promoción de la donación voluntaria y periódica de sangre en el contexto de la responsabilidad social empresarial.

e) Diseñar guías de orientación para el trabajo con el voluntariado y capacitar a promotores comunitarios de donación de sangre.

f) Trazar objetivos, metas y estrategias de difusión masiva a la población, en función de las variables de concientización, y fidelización de la hemodonación espontánea y permanente.

g) Organizar actividades informativas dirigidas a docentes y alumnos de los distintos niveles y modalidades del sistema educativo provincial, para formar en la importancia de la donación altruista.

h) Cualquier otra actividad con el fin de sensibilizar y motivar a la comunidad en el valor de la hemodonación voluntaria y habitual.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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