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Cupo para familias jóvenes en los planes de viviendas Artículo 3 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Cupo para familias jóvenes en los planes de viviendas Chaco
Artículo 3.

El Poder Ejecutivo a través de la reglamentación de la presente, definirá los requisitos y condiciones para que los jóvenes accedan a los benef icios indicados en los artículos anteriores. Asimismo, podrá delegar en el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda la instrumentación de la normativa aclaratoria y complementaria a la reglamentación que fuere pertinente para el mejor cúmplimiento de lo establecido en esta ley



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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