Créase el Programa de Recuperación Oncoestética (Créase el Programa de Recuperación Oncoestética) Provincia del Chubut
Créase el Programa de Recuperación Oncoestética Provincia del Chubut
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. Créase el Programa de Recuperación Oncoestética en el ámbito de la Provincia...
- Artículo 2. Principios. a) Gratuidad: En el sistema público se promueve la atención...
- Artículo 3. Definiciones. Se entiende por: a) Alteraciones derivadas de los...
- Artículo 4. Objetivos. a) Asegurar el acceso universal, oportuno y de calidad al...
- CAPÍTULO II - AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 5. Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación del Programa será el...
- Artículo 6. Funciones. La Autoridad de Aplicación tiene las siguientes funciones: a)...
- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- Artículo 7. Financiamiento. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se...
- Artículo 8. Reglamentación. La presente Ley será reglamentada en el término de ciento...
- Artículo 9. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Marco normativo de las imágenes y sonidos de personas físicas, identificadas o identificables Compensación de la Ley Nacional N° 27.429 Tarifa gratuita del servicio eléctrico para pacientes Electrodependientes Emergencia de la prestación de servicios públicos Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.499, Ley MicaelaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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