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Creando la empresa Carnes naturales Artículo 11 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creando la empresa Carnes naturales La Pampa
Artículo 11.

El Poder Ejecutivo Provincial otorgará a "Carnes Naturales de La Pampa S.A." el uso y goce gratuito del predio e instalaciones ubicadas en el Lote 21, Sección XVIII, Fracción A, Parcela 15 del Departamento Chalileo, Partida Nº 737.920 en un área de 245 has., 03 as. Plano Registrado al Tomo 308 Folio 114 del Registro de la Propiedad Inmueble, durante un plazo de cinco (5) años, prorrogables por otro período igual a opción del Poder Ejecutivo, y en la forma que establezca el propio Poder Ejecutivo.

"Carnes Naturales de La Pampa S.A." no podrá cambiar el destino del mencionado predio e instalaciones ni podrá utilizarlos para actividades ajenas a la consecución del objeto social transcripto en el artículo 3.



Provincia de La Pampa Artículo 11 Creando la empresa Carnes naturales
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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