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Creación, integración y atribuciones del Colegio Profesional de Agrimensura Artículo 66 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación, integración y atribuciones del Colegio Profesional de Agrimensura Neuquén
Artículo 66.

El Colegio cuenta, para atender las erogaciones propias de su funcionamiento, con los siguientes recursos:

a) El derecho de inscripción o de reinscripción en la matrícula.

b) Los aportes por ejercicio profesional por cada encomienda.

c) El importe de las multas que aplique el Tribunal de Ética, por transgresiones a la presente Ley, su reglamentación o sus normas complementarias.

d) Los ingresos que perciba por servicios prestados, de acuerdo con las atribuciones que esta Ley le confiere.

e) Las rentas que produzcan sus bienes, como así el producto de sus ventas.

f) Las donaciones, subsidios, legados y el producto de cualquier otra actividad.

g) El producido de cualquier otro gravamen que fije la Asamblea, aprobado por la mayoría de los dos tercios (2/3) de los asambleístas presentes.

h) Los recursos provenientes de la división del patrimonio del Consejo Profesional, Ley 708.



Provincia del Neuquén Artículo 66 Creación, integración y atribuciones del Colegio Profesional de Agrimensura de la Provincia del Neuquén
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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