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Creación del Sistema y/o Red de Seguimiento de Recién Nacidos Prematuros de Alto Riesgo Artículo 4 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Sistema y/o Red de Seguimiento de Recién Nacidos Prematuros de Alto Riesgo Buenos Aires
Artículo 4.

Son objetivos de esta ley los siguientes:

a) Instrumentar la creación del "Sistema y/o Red de Seguimiento de Recién Nacidos Prematuros de Alto Riesgo" en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, regionalizando la asistencia, de acuerdo a los niveles de complejidad creciente que esta demanda requiere.

b) Promover la coordinación y armonización de los programas y normas existentes a nivel nacional, provincial y/o municipal que tengan objetivos similares y/o complementarios a los fijados en la presente ley.

c) Promover la producción y actualización periódica de normas que establezcan criterios de seguimiento, diagnóstico, tratamiento y derivación para los distintos aspectos de la asistencia de los recién nacidos prematuros de alto riesgo.

d) Colaborar en la tarea de prevención de problemas de salud y en la detección precoz de anomalías, para lo cual deberá preverse que cada recién nacido prematuro de alto riesgo posea acceso a los medios de diagnóstico que sean necesarios.

e) Garantizar el tratamiento correspondiente a los recién nacidos prematuros de alto riesgo según su diagnóstico, su asistencia individualizada en su área geográfica de origen o la derivación oportuna a los distintos niveles de atención de la Red.

f) Garantizar la rehabilitación integral de los recién nacidos prematuros de alto riesgo cuando el daño está establecido.

g) Garantizar a los recién nacidos prematuros de alto riesgo el acceso a la educación especial que corresponda y/o maestras integradoras.

h) Asegurar la atención fluida del recién nacido prematuro de alto riesgo y su familia, dentro de la Red de Seguimiento según la complejidad de sus necesidades y el tipo de asistencia requerida.



Provincia de Buenos Aires Artículo 4 Creación del Sistema y/o Red de Seguimiento de Recién Nacidos Prematuros de Alto Riesgo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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