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Creación del Sistema Integrado de Registro de Información Provincial Artículo 11 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Sistema Integrado de Registro de Información Provincial Mendoza
Artículo 11.

La Dirección de Sistemas de Información, Monitoreo y Evaluación (DISIME) como organismo Administrador Provincial del Sistema, será el responsable de brindar las normas técnicas para la implementación y mantenimiento del mismo, para lo cual tendrá como responsabilidad:

a) Mantener en funcionamiento el sistema web de carga on line e informando sobre posibles errores o fallas que pudiesen detectarse sean propias o ajenas debido a dificultades de funcionamiento de redes.

b) Establecer normas técnicas para el resguardo de la información.

c) Capacitar a los Equipos Técnicos Provinciales, Municipales y de Organizaciones de la Sociedad Civil que sean usuarios del Sistema.

d) Enviar a los directores y Ministros informes sobre la situación de diagnóstico, intervención y/o cobertura, como así también informar sobre el nivel de cumplimiento de carga en sistema de las diferentes áreas.

e) Podrá realizar cruces de bases de datos con Organismos Nacionales a solicitud de parte o de oficio con el objeto de validar datos personales.

f) Informar a las autoridades superiores sobre el Estado del Dispositivo de Alertas de Derechos Vulnerados.



Provincia de Mendoza Artículo 11 Creación del Sistema Integrado de Registro de Información Provincial de Abordaje en Derechos de Niñez, Adolescencia, Familia y Comunidad de Mendoza
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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