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Creación del Sistema de Alojamiento Convive Artículo 1 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Sistema de Alojamiento Convive Río Negro
Artículo 1. Creación

Se crea el "Sistema de Alojamiento Convive", dirigido a personas adultas mayores y a estudiantes de la educación superior pública en Río Negro, por el cual la persona adulta mayor ofrece su vivienda como alojamiento, basado en la ayuda mutua y la solidaridad intergeneracional, y el o la estudiante acompaña y colabora en diferentes tareas.

Facilita el alojamiento a estudiantes y mejora la situación de soledad en que pueden encontrarse las personas mayores, a través de un intercambio no lucrativo y basado en la convivencia entre ambas generaciones. Es un modelo de alojamiento selectivo, ya que ambas partes deberán cumplir con los perfiles declarados y los requisitos y las obligaciones asumidas en el acuerdo que se elabore para tal fin.

Provincia de Río Negro Artículo 1 Creación del Sistema de Alojamiento Convive
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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