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Creación del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social Artículo 44 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social Chaco
Artículo 44.

La Dirección General de Seguridad y Criminología Penitenciaria, tiene a su cargo la supervisión y contralor general de los servicios implementados en los distintos organismos, institutos, unidades, dependencias, y servicios, destinados a la custodia y guarda de los procesados, a la adaptación de los condenados, como así al traslado de los internos, de conformidad con las distintas disposiciones legales y reglamentarias. Bajo su dependencia funcionan:

a) Departamentos:

1. Departamento Zona Metropolitana. 2. Departamento Zona Interior. 3. Departamento Criminológico. 4. Departamento Judicial. 5. Departamento de Seguridad y Traslado. 6. Complejo Penitenciario I. 7. Complejo Penitenciario II.

b) Divisiones: 1. Unidad Penitenciaria I (Mujeres) 2. Unidad Penitenciaria II (Gral. San Martín). 3. Unidad Penitenciaria III (Villa Ángela). 4. Unidad Penitenciaria IV (Charata). 5. Unidad Penitenciaria V (Juan José Castelli). 6. Unidad Penitenciaria VI (Pre-Egreso). 7. Unidad Penitenciaria VII (Centro de Detención Transitorio Barranqueras).

c) Toda otra a crearse.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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