Imprimir

Creación del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social Artículo 21 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social Chaco
Artículo 21.

Compete al Jefe del Servicio Penitenciario de la Provincia:

a) La conducción, contralor e inspección operativa y administrativa de la Institución.

b) Ejercer la representación Institucional del Servicio Penitenciario Provincial.

c) Fijar la administración y política para el personal, como así también proponer al Poder Ejecutivo las designaciones, ascensos, retiros y bajas del personal de la Institución, de conformidad con las correspondientes disposiciones legales y reglamentarias.

d) Establecer las pautas generales de selección para el reclutamiento de personal, como así también la formación profesional y capacitación.

e) Fijar los destinos del personal penitenciario y las funciones de los niveles de Dirección y Apoyo de la Institución.

f) Resolver, en última instancia dentro del ámbito provincial, el alojamiento o traslado de internos condenados y procesados conforme a la necesidad.

g) Elevar al Ministerio de Gobierno, Justicia y Relación con la Comunidad, dentro de las previsiones presupuestarias, las propuestas de retribuciones de los internos que desarrollen tareas remuneradas en el ámbito de la Institución y dictar los reglamentos internos que sean necesarios.

h) Aplicar la política penitenciaria de la provincia, en consonancia con la ley nacional 24.660 - y sus modificatorias Ejecución de la Pena Privativa de Libertad y la ley provincial 926-A y sus modificatorias - Crea el Juzgado de Ejecución Penal en Resistencia.



Provincia del Chaco Artículo 21 Creación del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social
Artículo 1 ...19 20 21 22 23 ...60

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse