Imprimir

Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas Artículo 8 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas Chaco
Artículo 8. Difusión y cronograma

Para la difusión del concurso instituido por la presente, el Instituto de Cultura del Chaco a través de los medios de comunicación digital, televisivo, gráfico radial, o de otra índole, invitará a los escultores a presentar ante el mismo los proyectos para la realización del monumento escultórico, conforme con el siguiente cronograma:

a) Difusión de la convocatoria: durante treinta (30) días.

b) Recepción de las inscripciones y de las proyectos de los participantes: durante los quince (15) días posteriores a finalizada la convocatoria.

c) Conformación de la Comisión de Evaluación y Adjudicación del premio y dictado del instrumento legal de adjudicación del mismo, durante los quince (15) días siguientes a la finalización de la fecha de la recepción de las inscripciones.

d) Elección de monumento ganador y entrega del premio.



Provincia del Chaco Artículo 8 Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas, de la masacre acontecida en la región Napa'alp
Artículo 1 ...6 7 8 9 10 ...15

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse