Imprimir

Creación del fuero penal especial juvenil y del procedimiento de responsabilidad penal juvenil Artículo 153 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del fuero penal especial juvenil y del procedimiento de responsabilidad penal juvenil Catamarca
Artículo 153. Actividad ocupacional

La actividad ocupacional es un derecho de las personas privadas de la libertad y deberá ser desempeñada, de ser posible, en el ámbito de su comunidad. La actividad ocupacional buscará complementar la capacitación y formación profesional impartida, a fin de aumentar las posibilidades de que la persona sancionada encuentre un empleo de calidad cuando se reintegre a su comunidad; con ese objetivo, la organización y los métodos de trabajo de los centros deberán asemejarse lo más posible a los trabajos realizados en libertad. En la asignación de la actividad ocupacional, deberán tomarse en cuenta las capacidades y aptitudes de la persona privada de la libertad. Por ninguna circunstancia se permitirán actividades ocupacionales insalubres ni peligrosas, según lo disponen la legislación laboral nacional y las normas internacionales de protección que se aplican, en materia de salud ocupacional, tanto para menores de edad como para adultos. Las personas menores de edad que se encuentren realizando algún tipo de actividad ocupacional, no podrán ser sometidas a jornadas laborales superiores a cuatro horas diarias, todo conforme a lo que establece la Ley. Las actividades ocupacionales serán aplicables especialmente a los jóvenes a quienes se esté preparando para el egreso. La actividad ocupacional que desempeñe la persona privada de la libertad, podrá ser considerada como tiempo de descuento de la pena.



Provincia de Catamarca Artículo 153 Creación del fuero penal especial juvenil y del procedimiento de responsabilidad penal juvenil
Artículo 1 ...151 152 153 154 155 ...192

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse