Creación del Comité de Asistencia y Contención (Creación del Comité de Asistencia y Contención) Provincia del Chubut
Creación del Comité de Asistencia y Contención Provincia del Chubut
- Artículo 1. Créase el Comité de Asistencia y Contención para afrontar en forma inmediata...
- Artículo 2. El Comité cumplirá funciones ad honorem
- Artículo 3. El Comité será integrado por miembros de los tres poderes con dos (2)...
- Artículo 4. En el caso del Poder Legislativo, serán representantes, un (1) Diputado por...
- Artículo 5. El Comité de Asistencia y Contención dependerá y será coordinado por el...
- Artículo 6. Será función de este Comité actuar de forma inmediata, en un plazo no mayor...
- Artículo 7. El Comité deberá coordinar trabajo en conjunto con las instituciones...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesión de la provincia a la Ley Nacional N° 26.845 Prohibición del cambio de destino para lo cual fueron creados los Centros de Inclusión Social Autoriza donación a la Cooperadora del Hospital Santa Teresita de la ciudad de Rawson Programa especial de Canal 7 sobre la labor legislativa de los diputados Programa Provincial de Prevención del Ciber AcosoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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