Creación del Colegio de Profesionales en Ciencias Criminalística Artículo 2 Provincia de Catamarca
Creación del Colegio de Profesionales en Ciencias Criminalística Catamarca
Artículo 2.
Podrán ejercer la profesión y efectuar peritaciones en Ciencias Criminalística en todo el territorio de la Provincia de Catamarca quienes tengan título habilitante de Perito, Técnico, Licenciado y/o Doctor en Criminalística, Perito en Balística, Perito en Accidentología, Perito en Documentología, y Perito en Papiloscopía, reconocido por el Ministerio de Educación de la Nación, expedido por:a) Universidades Nacionales;
b) Universidades Provinciales;
c) Universidades o institutos privados argentinos legalmente reconocidos;
d) Universidades extranjeras cuyos títulos sean reconocidos por convenios vigentes o revalidados los mismos ante Universidades Nacionales.
Provincia de Catamarca Artículo 2 Creación del Colegio de Profesionales en Ciencias Criminalística
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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