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Creación de la Comuna de Hardy, departamento General Obligado Artículo 2 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación de la Comuna de Hardy, departamento General Obligado Santa Fe
Artículo 2.

Determinase como jurisdicción de la Comuna de Hardy la extensión territorial comprendida dentro de los siguientes límites:

Comenzando en la intersección de la Ruta Nacional N° 11 y el deslinde de propiedades (coordenadas 28º 09' 47" S y 59º 15' 51" 0) (Punto 1) siguiendo hacia el Oeste por el citado deslinde de propiedades y continuando en línea recta hasta la intersección con la Ruta Provincial N° 89-S (coordenadas 28º 09' 43" S y 59º 22' 29" 0) (Punto2), en una distancia recta de 10.930 m, incorporando a los inmueble ubicados al Norte.

Desde este punto 2, hacia el Noroeste en línea recta dividiendo el campo, hasta la intersección de los límites comunales de El Rabón, Villa Guillermina y ciudad de Florencia (coordenadas 28º 08' 43" S y 59º 22' 48" O)(Punto 3) en una distancia recta de 2.070 m, incorporando a los inmuebles ubicados al Este.

Desde este punto 3, siguiendo en línea recta hacia el Norte por el deslinde de la ciudad de Florencia y comuna de Villa Guillermina, hasta el encuentro de propiedades (coordenadas 28º 05'31" S y 59º 22' 48" 0) (Punto 4) en una distancia total de 5.920 m, incorporando los inmuebles ubicados al Este.

Desde este punto 4, hacia el Este siguiendo el deslinde de propiedades hasta su intersección con Ruta Provincial N° 89-S (coordenadas 28º 05' 56" S y 59º 21' 02"O) (Punto 5) en una distancia de 3.022 m, incorporando a los inmuebles ubicados al Sur.

Desde este punto 5, siguiendo la traza de la Ruta Provincial N° 89-S hacia el Norte, hasta el encuentro de propiedades (coordenadas 28º 05' 44" S y 59º 20' 56" 0) (Punto 6), en una distancia de 414 m, incorporando a los inmuebles ubicados al Este.

Desde este punto 6, siguiendo hacia el Este por calle públicas deslinde de propiedades, hasta la intersección con la Ruta Nacional N° 11 (km 920) (coordenadas 28º 06' 40" S y 59º 14' 06" 0) (Punto 7) en una distancia de 11.054m, incorporando los lotes ubicados al Sur.

Desde este punto 7, siguiendo hacia el Este por la traza de la calle pública hasta su intersección con el río Paraná Miní (coordenadas 28º 07' 11" S y 59º 10' 18" 0) (Punto 8), en una distancia de 6.127 m, incorporando a los inmuebles ubicados al Sur.

Desde este punto 8, siguiendo el curso del río Paraná Miní en dirección Sur hasta intersección con el deslinde de la Comuna de El Rabón y la ciudad de Florencia, (coordenadas 28º 08' 35" S y 59º 10' 27" 0 (Punto 9), en una distancia recta de 3.187m, incorporando los inmuebles ubicados al Oeste.

Desde este punto 9, hacia el Este siguiendo el deslinde de la Comuna de El Rabón y ciudad de Florencia hasta la intersección con el Río Paraná (coordenadas 28º 10' 40" S y 59º 05' 41" 0) (Punto 10), en una distancia de 8.694m, incorporando los inmuebles ubicados al Sur.

Desde este punto 10, hacia el Sur siguiendo la orilla del Río Paraná en una distancia recta de 3.643 m, hasta la desembocadura del arroyo Blanco (coordenadas 28º 10' 38" S y 59º 05' 43" 0) (Punto 11), incorporando los inmuebles ubicados al Oeste.

Desde este punto 11, hacia el Suroeste siguiendo el curso del arroyo Blanco en una distancia recta de 1.904m, hasta el deslinde de propiedades (coordenadas 28º 11' 13" S y 59º 06' 38" 0) (Punto 12), incorporando los inmuebles ubicados al Norte.

Desde este punto 12, hacia el Oeste en línea recta dividiendo el campo en una distancia de 6.086 m, hasta la intersección con el arroyo Blanco (coordenadas 28º 11' 18" S y 59º 10' 10" 0) (Punto 13), incorporando los inmuebles ubicados al Norte.

Desde este punto 13, hacia el Oeste siguiendo el curso del arroyo Blanco hasta su desembocadura en el Río Paraná Miní, y siguiendo - por el curso del río Paraná Miní hasta su intersección con el deslinde de la estancia El Rabón (coordenadas 28º 11' 25" S y 59º 11' 07" 0) (Punto 14), en una distancia recta de 1.449 m, incorporando los inmuebles ubicados al Norte.

Desde este punto 14, hacia el Oeste siguiendo el deslinde de la estancia El Rabón en una distancia de 4.968 m, hasta su intersección con e! arroyo El Rabón (coordenadas 28º 11' 26" S y 59º 14' 02" 0) (Punto 15), incorporando los inmuebles ubicados al Norte.

Desde este punto 15, hacia el Oeste siguiendo curso del arroyo El Rabón hasta su intersección con el deslinde de la estancia El Rabón en una distancia recta de 2.567m (coordenadas 28º 11' 25" S y 59º 15' 45" 0) (Punto 16), incorporando los inmuebles ubicados al Norte.

Desde "este punto 16, hacia el Oeste siguiendo el deslinde de la estancia El Rabón en una distancia de 331m, hasta su intersección con la Ruta Nacional N° 11 (coordenadas 28º 11' 25" S y 59º 16' 01" 0) (Punto 17), incorporando los inmuebles ubicados al Norte.

Desde este punto 17, hacia el Norte siguiendo traza de la Ruta Nacional N° 11, en una distancia de 3.022m hasta su intersección con el punto inicial (Punto 01), incorporando los inmuebles ubicados al Este, cerrando el circuito.



Provincia de Santa Fe Artículo 2 Creación de la Comuna de Hardy, departamento General Obligado, dentro de la actual jurisdicción territorial de la Municipalidad de Florencia y de la Comuna de El Rabón, ambas del departamento General Obligado
Artículo 1 2 3 4 ...9

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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