Creación de la Comisión Provincial para la Prevención e Intervención en el Abuso Sexual Infantil (Creación de la Comisión Provincial para la Prevención e Intervención en el Abuso Sexual Infantil) Provincia de Tucumán
Creación de la Comisión Provincial para la Prevención e Intervención en el Abuso Sexual Infantil Provincia de Tucumán
- Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto prevenir el Abuso Sexual Infantil (ASI) y...
- Artículo 2. Créase la Comisión Provincial para la Prevención e Intervención en el Abuso...
- Artículo 3. Créase un registro de organizaciones no gubernamentales con personería...
- Artículo 4. Serán funciones de la Comisión Provincial para la Prevención e Intervención...
- Artículo 5. Establécese la capacitación obligatoria y periódica a los agentes...
- Artículo 6. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley la Secretaría de Estado de...
- Artículo 7. Se establece como Anexo de la presente Ley el Protocolo Interinstitucional...
- Artículo 8. Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las compensaciones de partidas que...
- Artículo 9. Comuníquese
Otras regulaciones
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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