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Crea Programa Provincial de Asistencia Integral para Deportistas Calificados Amateurs Artículo 8 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Crea Programa Provincial de Asistencia Integral para Deportistas Calificados Amateurs Chaco
Artículo 8.

El Directorio del Instituto del Deporte Chaqueño, al dictar la resolución de asignación de la asistencia, deberá consignar el plan de trabajo que se aplicará al o a los beneficiarios, designando a responsables de la dirección técnica del deportista y de la correspondiente rendición de cuentas, además conservará amplias facultades para establecer las condiciones de ejecución del plan como también, suspender temporaria o definitivamente el beneficio si considera incumplidas las pautas establecidas.

Para la elaboración del Plan de Trabajo, será necesaria la opinión de profesores, técnicos, entrenadores o asistentes del o de los deportista especialistas en la disciplina correspondiente.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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