Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud Artículo 22 Provincia de Mendoza
Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud Mendoza
Artículo 22.
Los Programas de las residencias en curso se aceptarán durante noviembre del año anterior en que se iniciará el Ciclo considerado. Serán elevados por la Dirección del Establecimiento o efector a la Dirección de Recursos Humanos, para su aprobación definitiva previo estudio y asesoramiento de la Comisión Provincial de Capacitación, Docencia e Investigación y la Comisión Permanente de Residencias. En el caso de no recibir aprobación se volverá a su origen para que se efectúen las correcciones del caso o se produzcan las ampliaciones o precisiones que sean necesarias. Cuando un Programa ya aprobado no haya sufrido modificaciones solamente se deberá enviar nota ratificándolo.
Provincia de Mendoza Artículo 22 Crea ley para normalizar el funcionamiento del sistema de residencias del Ministerio de Salud y Ministerio de Desarrollo Humano Familia y comunidad de la provincia
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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