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Crea Ente de Desarrollo Regional del Valle Medio (EN.DE.VA.M.) Artículo 24 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Crea Ente de Desarrollo Regional del Valle Medio (EN.DE.VA.M.) Río Negro
Artículo 24. Patrimonio y recursos

El patrimonio y recursos del Ente estará compuesto por:

a) La partida presupuestaria asignada por la Provincia de Río Negro, la que en ningún caso podrá ser inferior al mínimo establecido por el artículo 22, inciso 4) de las Normas Complementarias de la Constitución Provincial para el Ente de Desarrollo de General Conesa.

b) Los bienes que adquiera por cualquier título o reciba por transferencia.

c) Los bienes ubicados en su jurisdicción que correspondan al Estado Provincial por herencias vacantes.

d) Los recursos que se le asignen a través de programas, convenios o como contraprestación de servicios delegados.

e) El producido de todos los servicios prestados por el Ente y de las ventas, arrendamientos, permisos, concesiones y toda otra forma de contratación onerosa, como así también todo derecho que establezca por los bienes que integren su patrimonio.

f) El importe de las comisiones, intereses y derechos de cualquier naturaleza originados en las actividades que realice.

g) Por las utilidades que arrojen las empresas en las que participe.

h) Los recursos no invertidos al término de cada ejercicio.

i) Los fondos provenientes de eventos, actividades o servicios que organice y/o administre el Ente.

j) Los créditos que obtenga de organismos públicos o privados de financiamiento.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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