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Crea el Sistema Provincial de Prevención y Protección contra Descargas Eléctricas Atmosféricas Artículo 4 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Crea el Sistema Provincial de Prevención y Protección contra Descargas Eléctricas Atmosféricas Chaco
Artículo 4.

La planificación e instalación de los equipos a los que se refiere el artículo 3° de esta ley se realizará en los siguientes casos:

a) Por determinación de la autoridad competente: Estado Provincial -en territorios bajo su jurisdicción y municipios en el ámbito de sus radios.

b) Por exigencias particulares relacionadas con riesgos, materializadas en contratos o convenios de diversa índole, en tanto medie autorización de la autoridad de aplicación.

c) Por decisión de particulares propietarios o tenedores de un predio o establecimiento por razones de prevención, en tanto medie autorización de la autoridad de aplicación.

En todos los casos la autoridad de aplicación puede intervenir e instar la instalación que corresponda si otro nivel jurisdiccional no lo hiciere.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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