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Convenio De Colaboración entre el Ministerio de Salud y la Gobernación Artículo 1 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Convenio De Colaboración entre el Ministerio de Salud y la Gobernación Santa Cruz
Artículo 1.

APRUEBASE en todos sus términos los Convenios de Colaboración para el fortalecimiento territorial de la atención primaria de la salud, suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los días 03 y 04 de diciembre de 2015, entre el Ministerio de Salud representado por el señor Ministro Doctor Daniel Gustavo GOLLAN y la Provincia de Santa Cruz, representada por el entonces Gobernador señor Daniel Román PERALTA, el cual fuera ratificado mediante Decreto Provincial Nº 0213 de fecha 03 de febrero de 2016, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.



Provincia de Santa Cruz Artículo 1 Convenio De Colaboración entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Gobernación de la Provincia de Santa Cruz para el Fortalecimiento Territorial de la Atención Primaria de la Salud
Artículo 1 2

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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