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Convenio de Asistencia Financiera Artículo 1 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Convenio de Asistencia Financiera Chubut
Artículo 1.

Apruébese en todos sus términos el Convenio de Asistencia Financiera celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 5 de mayo de 2023, entre el Estado Nacional representado por el Ministro de Economía, Doctor Sergio Tomás Massa, la Provincia del Chubut representada por el señor Ministro de Economía y Crédito Público, Licenciado Oscar Abel Antonena, en los términos del Decreto N° 1268/19, y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, representado por su Directora Ejecutiva, Licenciada Claudia Graciela Alvarez, por el cual se conviene un préstamo a otorgar a la Provincia del Chubut hasta el monto de pesos catorce mil millones (14.000.000.000), en los términos allí establecidos.

El Convenio se encuentra protocolizado al Tomo 02, Folio: 173 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, con fecha 08 de mayo de 2023.



Provincia del Chubut Artículo 1 Convenio de Asistencia Financiera
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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