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Constitución Artículo 104 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Santiago del Estero
Artículo 104. Participación sectorial

Los poderes públicos, en consulta con los sectores productivos y del trabajo, establecen planes económico-sociales indicativos para el sector privado de la economía e imperativos para el sector público provincial y municipal. Dichos planes procurarán la creación de regiones geoeconómicas para el desarrollo equilibrado, armónico e integral de la Provincia, conjugando los intereses de sus diversas regiones con los de las provincias del norte argentino y de la Nación.

Una ley dispondrá la creación del consejo económico social integrado por representantes de la producción, el trabajo, de los profesionales universitarios, la ciencia y la tecnología. Dicho consejo es órgano de consulta de los poderes públicos y su participación podrá ser requerida en la elaboración de los planes económico-sociales y en las políticas científicas y tecnológicas.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 104 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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