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Constitución Artículo 70 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Salta
Artículo 70. DISCIPLINA FISCAL

El equilibrio presupuestario en el sector público provincial y municipal constituye un beneficio a favor de los habitantes de la Provincia.

La Legislatura de la Provincia sanciona por los dos tercios de votos de la totalidad de los miembros de cada Cámara, una Ley de Disciplina Fiscal. Tal ley especial deberá establecer las normas para el dictado de los presupuestos anuales o plurianuales equilibrados, los niveles máximos autorizados de endeudamiento público y de gastos, en relación a los ingresos ordinarios.

Dispondrá, además, que las cuentas públicas y estados financieros sean auditados.

Toda modificación total o parcial de la ley, requiere para su sanción, de la mayoría calificada indicada en el segundo párrafo de este artículo.



Provincia de Salta Artículo 70 Constitución
Artículo 1 ...68 69 70 71 72 ...185

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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