Imprimir

Constitución Artículo 51 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Jujuy
Artículo 51. TRABAJO

1. El Estado protege el trabajo en todas sus formas, en cuanto deber social y derecho humano fundamental de todos los habitantes y propicia políticas públicas orientadas a la generación de empleo decente y estimula la creación de nuevas fuentes de trabajo.

2. El Estado promueve la formación profesional y cultural de los trabajadores y promoverá el derecho a la información y consulta respecto a sus derechos laborales.

3. El Estado garantiza la prevención y erradicación del trabajo infantil.

4. El Estado adoptará medidas que garanticen la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, como así también la eliminación de cualquier forma de discriminación en el empleo.

5. El Estado promueve la lucha contra el acoso laboral y toda forma de violencia en dicho ámbito, incluyendo la violencia de género.

6. La ley establecerá mecanismos de control y sanciones efectivas para garantizar el respeto a los derechos laborales y promoverá la responsabilidad social empresarial como herramienta para la protección de los derechos humanos y el desarrollo sostenible.

7. El Estado promoverá la agremiación de los trabajadores que realicen una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa, incluyendo los trabajadores autónomos, para la defensa de sus derechos profesionales, asistenciales y previsionales.

8. Se favorecerá el diálogo social entre los diferentes actores del mundo laboral y el Estado, siempre en miras de un abordaje conjunto e integral de todos los aspectos que hacen al trabajo y al empleo.



Provincia de Jujuy Artículo 51 Constitución
Artículo 1 ...49 50 51 52 53 ...245

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse